El Tribunal Constitucional declara inconstitucional el artículo 25 de la Ley sobre Facturación Electrónic

Ene 24, 2025

El Tribunal Constitucional de República Dominicana declaró inconstitucional el artículo 25 de la Ley de Facturación Electrónica (Ley 32-23), al considerar que exigir a las entidades financieras una certificación de riesgo tributario emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) para abrir productos financieros no relacionados con el ahorro vulnera la intimidad y el principio de razonabilidad.

Según la sentencia, esta medida no contribuye al fortalecimiento de la administración tributaria ni al sistema de facturación electrónica, y otorga acceso irrestricto a información económica de los contribuyentes, beneficiando principalmente a las entidades financieras privadas.

El Tribunal enfatizó que la disposición desvirtúa el propósito de la ley, que no está relacionada con indicadores de riesgo del sistema bancario, y calificó la medida como incompatible con el principio de razonabilidad y la protección de la privacidad de los contribuyentes.

Sobre el artículo 7 de la ley

Por otro lado, el Tribunal Constitucional declaró conforme a la Constitución el artículo 7 de la misma ley, que establece que las facturas electrónicas, una vez firmadas digitalmente y enviadas a la DGII, no pueden ser modificadas. El tribunal argumentó que existen mecanismos legales para corregir errores materiales vinculados a las obligaciones tributarias.

El recurso de inconstitucionalidad fue presentado por la asociación Emprendedores Unidos por el Desarrollo y la Libertad, que celebró la decisión como un avance en la protección de los derechos de los contribuyentes y la racionalidad en las disposiciones legales.

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